ABOGADO

Licenciado en Derecho, Universidad Autónoma de Baja California.
Maestro en Derecho Constitucional y Amparo, Universidad Iberoamericana, Puebla.

DIVERSOS


EL MUNICIPIO: MUNICIPALIZACIÓN DE SAN QUINTÍN, B. C.

Isidro Pérez Hernández

25/10/2012
 

En México existen tres niveles de gobierno: Federal, Local y Municipal. Esta modalidad a manera de ejemplo lo podemos representar con una naranja: La cascara y el núcleo de la fruta comprende a la federación (Estados Unidos Mexicanos); los gajos a cada una de las entidades federativas y el D. F. (en nuestro caso, Baja California); cada gajo tiene semillas, de las cuales cada uno un municipio (hasta el 26/10/2012 son cinco municipios en B.C.). Como podemos apreciar con este ejemplo, todos están unidos entre sí, los une el pacto federal, pero las entidades federativas tienen cierta autonomía en lo concerniente a su régimen interior, y por último se maneja el municipio libre.

 

Los elementos principales del municipio son: territorio, población, gobierno, orden jurídico y otros. Dentro del federalismo mexicano se encuentra como última célula dentro de esa unión (Estados Unidos Mexicanos). El ayuntamiento es el primer contacto con la población y debe conocer las características y necesidades del pueblo.

 

El congreso local (XX Legislatura) tiene facultades para crear o suprimir municipios y es el órgano que legisla (leyes) de acuerdo a las necesidades de los municipios. El ayuntamiento en sí, solamente tiene la facultad de reglamentar aquellos asuntos que sean necesarios para conseguir los objetivos del municipio para el bien de la población.

 

También administra sus propios recursos (patrimonio y hacienda municipal) para cumplir con el otorgamiento de los servicios públicos municipales: agua potable y destino de aguas negras, alumbrado público, destino de la basura, seguridad publica y tránsito, rastro, y otros  (véase artículo 115 de la Constitución federal).

 

El municipio se hace de recursos económicos con las participaciones de los ingresos federales, estatales y municipales de acuerdo a la ley de ingresos y otras leyes. Para llevar a cabo los servicios públicos, lleva a cabo sus actividades gubernamentales según la ley de egresos y otras. Es importante destacar que todos los ciudadanos estamos obligados a contribuir (pagar impuestos, derechos, étc.) para los gastos públicos, por tanto, la población interesada en la municipalización de San Quintín tienen esa misma obligación con o sin el nuevo municipio.

 

Para seguir, ocupamos retomar los rectores de la democracia: representativa y participativa. En la primera elegimos a los diputados del Congreso del Estado de Baja California. Anteriormente anotamos que es facultad de los diputados crear municipios y de igual forma consultar a la ciudadanía mediante plebiscito para conocer la aceptación o rechazo del pueblo. Entonces, el pueblo delegó esas funciones y los diputados llevan a cabo esa acción.

 

Además se ocupa de la democracia participativa, el Congreso requiere conocer la voz de la ciudadanía mediante el sufragio libre y secreto de aquellos que están dentro del territorio de Ensenada, B. C. El voto del pueblo vale y es determinante en esta consulta, pero por lo menos tiene que votar el diez por ciento de los electores de la lista nominal y gana la opción que tenga mayoría de votos.

 

Atendiendo los elementos principales del municipio señalado, los miembros del Ayuntamiento tienen que cumplir con sus objetivos para el beneficio de la población. En el caso de San Quintín no vemos el engranaje de esa trilogía principal: población, territorio y gobierno.

 

Debido a la ubicación geográfica, al Valle de San Quintín se ha considerado por diversos actores de la sociedad como el lugar más lejano del país, prácticamente la masa poblacional se encuentra alrededor de la carretera transpeninsular Tijuana-La Paz, único medio para transporte terrestre. Las distancias en relación al territorio es un factor que impide conocer en gran medida la realidad (plano fáctico) que vive la población.  

 

Diversos estudios y trabajos de investigación (COLEF, UABC, UNAM y otros) demuestran la existencia del atraso social y económico de las condiciones de vida de la población. No se cumple el objetivo de la institución del gobierno, que es para el beneficio del pueblo. De hecho, sin necesidad de revisar algún archivo oficial, en algún tiempo al Valle se considero zona de castigo para algunos servidores públicos, tanto en el ámbito federal, local y municipal.

 

La clave en cualquier órgano público es la persona física que representa y lleva a cabo las funciones de gobierno, porque al fin de cuenta los que efectúan esa labor son seres humanos, que antes de entrar a la función publica son parte del pueblo.

 

Cuando sea aprobatoria la consulta este 28 de Octubre, la XX Legislatura solicitará la opinión respectiva al XX Ayuntamiento de Ensenada, enseguida será votada por los legisladores y en caso de aprobación, el órgano legislativo designará a los miembros que integrarán el Consejo Municipal Fundacional a propuesta del gobernador.

 

El consejo durará en su encargo hasta en tanto se lleven a cabo las elecciones ordinarias. Dependiendo del tiempo que se llevará a cabo en la integración del Consejo Municipal y de acuerdo a la Ley de instituciones y procedimientos electorales del Estado, las elecciones para el primer Ayuntamiento podrían ser en el 2013 o 2016. Para poder ser participe de ese gobierno, se deberá postularse como candidato en esa elección por medio de un partido político, salvo las candidaturas independientes (falta su reglamentación).

 

La prestación de los servicios públicos requeridos por la población Sanquintinense no es automática, sino que será de forma progresiva. Dependerá de aquellos hombres y mujeres que llevarán a cabo esa administración. Por eso, el pueblo tiene el inalienable derecho de modificar su forma de gobierno mediante los cauces legales y constitucionales, teniendo como camino necesario las dos vías  de la democracia anotada para la creación del municipio de San Quintín, Baja California.

 

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EL PLEBISCITO EN LA CREACIÓN DEL MUNICIPIO DE SAN QUINTÍN, BAJA CALIFORNIA

Isidro Pérez Hernández

FUENTE: Periodico El Valle, Ensenada, B. C., 25 de Octubre de 2012, p. 2.
 

 

El plebiscito es un mecanismo de la democracia participativa para consultar a la ciudanía sobre el nacimiento del sexto municipio en el Estado de Baja California. La decisión está en los electores, el pueblo del municipio de Ensenada, porque dicha consulta es determinante para la creación del Municipio de San Quintín, Baja California.

 

Desde la constitución del Estado de Baja California (1953) se ejerce la democracia representativa, del cual el pueblo Bajacaliforniano al elegir: al gobernador del Estado; los diputados locales y los miembros de los ayuntamientos, delega las funciones del gobierno en estos servidores públicos para el beneficio del pueblo.

 

Los integrantes de los poderes ejecutivo, legislativo y de los ayuntamientos toman sus decisiones de acuerdo con las competencias estipuladas en la Constitución federal y local, así como en las diversas leyes y reglamentos locales. Si por alguna razón llevan a cabo algún foro, reunión o consulta con la ciudadanía, lo más probable es que esos resultados sean base en las decisiones gubernamentales, pero no tienen un carácter vinculatorio.

 

En cambio, el resultado de alguna consulta al pueblo en la democracia participativa es y debe ser tomada en cuenta por el órgano público que solicito la decisión de los ciudadanos. Desde el 2001 se encuentra vigente la Ley Reglamentaria de algunos mecanismos de esta democracia y uno de ellos es el plebiscito, pero que hasta el presente año 2012 se ejercita con el proceso del plebiscito para la municipalización de San Quintín, Baja California.

 

A partir del 2003 se presento de manera formal a la H. XVII Legislatura del Congreso Local la solicitud de municipalización de San Quintín, Baja California por la agrupación civil Comité ciudadano pro municipalización de San Quintín Baja California. Hasta el 14 de agosto de este año la H. XX Legislatura del Congreso Local aprueba por 21 votos el acuerdo para llevar a cabo el plebiscito a efecto de aceptación o negativa en la creación del sexto municipio.

 

Es facultad exclusiva del Congreso local para crear o suprimir municipios y uno de los requisitos fundamentales es que se lleve a cabo una consulta a los ciudadanos mediante el plebiscito. El proceso del plebiscito inició el 24 de agosto de 2012 y el objetivo es consultar a los ciudadanos residentes en el Municipio de Ensenada, Baja California el domingo 28 de octubre del presente año. Estos decidirán con su aprobación o rechazo la creación del municipio de San Quintín, Baja California. El resultado de la consulta es vital, ya que es vinculatorio para la XX legislatura del Congreso Local.

 

El ciudadano decidirá sobre la consulta que se le estará haciendo este 28 de Octubre, al acudir emitirá su expresión, demostrarásu voluntad individual con un SI o NO a la municipalización de San Quintín. Todos deben acudir a la casilla correspondiente con absoluta libertad e igualdad al emitir su voto y que además es secreto.

 

Sin embargo, dichas libertades se ven transgredidas cuando existen grupos del poder económico que están en contra de la municipalización sin fundamentos, solamente están contribuyendo para la abstención del electorado. Existe la libertad de expresión, pero cuando estáen proceso una consulta, deben informar al pueblo sobre los beneficios o inconveniencias en la creación del sexto municipio en Baja California.

 

Los sujetos legitimados en este proceso del plebiscito son: la H. XX Legislatura del Congreso Local, El H. Ayuntamiento de Ensenada y el Comité ciudadano pro municipalización de San Quintín Baja California, A. C.; y por último en la organización el Instituto Electoral y de Participación Ciudadana del Estado de Baja California (IEPC).

 

La XX Legislatura y el IEPC deben ser imparciales al informar a la población sobre la creación del municipio de San Quintín. Los diputados de forma individual tienen la libertad de expresar sus puntos de vista sobre el asunto. El deseo de todo pueblo es que el gobierno se acerque a la población y el gobierno más cercano con nosotros es el municipio por medio de su Ayuntamiento. Existen más elementos a favor y ninguno en contra, porque la organización política y administrativa del gobierno emana de la ciudadanía y siempre es por el beneficio del pueblo.

 

De todo ello, los ciudadanos de todo el territorio de Ensenada tienen en sus manos la decisión sobre la creación del Municipio de San Quintín, Baja California. El resultado de esa consulta se publicará en el Periódico Oficial del estado y en los periódicos locales. Es un derecho y una obligación de todos los ciudadanos de salir a emitir nuestro voto este 28 de Octubre con un No o con un SI a la municipalización de San Quintín.

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